Sociedades

Asesoramiento Societario Integral

Constitución, Gestión y Cumplimiento Normativo

Desde el nacimiento de tu empresa hasta su gestión diaria, brindamos el soporte notarial necesario para que tu negocio opere dentro de la legalidad. Nos especializamos en la constitución de nuevos tipos societarios (como las S.A.S.) y en el estricto cumplimiento de las normativas de control del Banco Central del Uruguay (BCU) y DGI.

Constitución y Reestructuración de Empresas

  • Constitución de S.A.S. (Sociedad por Acciones Simplificada): La opción más ágil y moderna para emprender. Gestionamos la creación de tu empresa de forma digital, con estatutos flexibles y menores costos operativos.

  • Constitución de S.R.L. (Sociedad de Responsabilidad Limitada): Asesoramiento para sociedades tradicionales de personas, ideales para estructuras familiares o socios que buscan limitar su responsabilidad al capital aportado.

  • Modificación de Contrato Social: Redacción e inscripción de reformas estatutarias: cambio de denominación, aumento de capital, cambio de domicilio o modificación del objeto social.

Compraventa de Paquetes Accionarios y Cambios de Autoridades

  • Enajenación de Cuotas Sociales (S.R.L.) y Acciones (S.A.S./S.A.): Instrumentamos la venta de la participación societaria.

    • En S.R.L.: Cesión de cuotas con modificación de contrato y publicaciones.

    • En S.A.S./S.A.: Compraventa de acciones y registro en los libros societarios.

  • Cambio de Directorio y Administradores: Actas de asamblea y directorio para designar o remover autoridades, cumpliendo con las inscripciones registrales correspondientes.

  • Declaratoria Ley 17.904: Certificación notarial indispensable para acreditar la vigencia de la sociedad y sus representantes ante el Registro de Personas Jurídicas, requisito obligatorio para inscribir cualquier acto (como vender un inmueble o vehículo de la empresa).

Cumplimiento Legal (Compliance) y Banco Central

  • Comunicaciones al BCU (Leyes 19.930 y 19.484): Gestión integral de la identificación de Beneficiarios Finales y titulares de participaciones patrimoniales. Realizamos las declaraciones juradas obligatorias ante el Banco Central del Uruguay para evitar las severas multas por incumplimiento.

  • Certificación de Firma y Contrato Social: Certificaciones notariales para presentar ante bancos, licitaciones o proveedores, validando la autenticidad de las firmas de los representantes.

  • Certificados de Personería Jurídica: Documento notarial que acredita que la sociedad existe, está vigente y quiénes son sus representantes legales (necesario para abrir cuentas bancarias o trámites estatales).

Preguntas Frecuentes sobre Sociedades (FAQ)

¿Qué me conviene más: abrir una S.A.S. o una S.R.L.?

Hoy en día, la S.A.S. es la opción preferida por su rapidez (se constituye en días), flexibilidad (puede ser de un solo dueño) y costos de mantenimiento más bajos. La S.R.L. se recomienda para estructuras más conservadoras donde la relación personal entre los socios es fundamental y se desea restringir el ingreso de terceros.

¿Qué es la comunicación de Beneficiarios Finales al BCU y cuándo debo hacerla?

Es una obligación impuesta por la Ley 19.484. Toda sociedad debe informar al Banco Central quiénes son las personas físicas que, en última instancia, poseen el capital o controlan la empresa. Se debe realizar dentro de los 30 días siguientes a la constitución de la sociedad o cada vez que cambien los socios o directores. No hacerlo implica multas económicas muy altas.

¿Para qué sirve la Declaratoria de la Ley 17.904?

Es un control registral. Cada vez que una sociedad compra o vende un bien registrable (inmueble o auto), el escribano debe controlar (y dejar constancia en la escritura) que la sociedad ha cumplido con informar sus autoridades y domicilio al Registro de Comercio. Sin este cumplimiento, el registro rechazará la inscripción del negocio.

Quiero vender mi parte de la empresa, ¿es complicado?

Depende del tipo social. En una S.A.S. o S.A., la venta de acciones es un trámite privado, rápido y no requiere modificar el estatuto. En una S.R.L., vender tu "cuota" implica modificar el contrato social, publicar edictos en el diario oficial e inscribir la reforma, lo cual lleva más tiempo y costo.

¿Qué vigencia tiene un Certificado de Personería Jurídica?

Generalmente, los bancos y organismos solicitan que el certificado notarial tenga una antigüedad no mayor a 30 días. Esto es para asegurarse de que la información (directorio vigente, domicilio) no haya cambiado recientemente.
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